| [Quién
puede inscribirse] [Cuándo inscribirse] [Dónde
inscribirse] [Votantes en el extranjero] [¿Cambió
de domicilio?]
¡INSCRÍBASE PARA VOTAR AL MENOS 15 DÍAS ANTES
DE LA ELECCIÓN!
LLENE UN
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL:
Si para la siguiente
elección usted tendrá al menos 18 años y no se ha inscrito anteriormente;
Si ha cambiado su dirección de residencia desde la última elección:
Se mudó
al Condado de Monterey desde otro estado;
Se mudó
al Condado de Monterey desde otro condado;
Cambió
de dirección dentro del Condado de Monterey.
Si se convirtió
en ciudadano;
Si cambió de
nombre;
Si cambió su afiliación política.
Volver al principio
PUEDE
SOLICITAR LOS FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL EN:
Departamento
Electoral del Condado de Monterey, 1370 B South Main St., Salinas
CA y en diversos establecimientos en todo el condado incluyendo
bibliotecas, oficinas de correo, oficinas de la ciudad y el condado,
bancos, Departamento de Vehículos Motorizados (DMV), otros edificios
públicos. Los formularios pueden enviarse por correo o ser entregados
personalmente. El franqueo viene prepagado.
Inscripción
electoral - Formulario en línea
Importante:
¡El formulario de inscripción electoral debe incluir su firma original!
Si prefiere inscribirse para votar en línea, debe completar el formulario
en línea a más tardar 29 días antes de una elección a fin de comprobar
oportunamente su firma.
¡Para poder votar en la elección debe estar inscrito 15 días
antes!
Volver al principio
PARA
INSCRIBIRSE Y VOTAR EN CALIFORNIA USTED DEBE:
- ser ciudadano
estadounidense;
- residir
en California;
- no estar
en prisión ni en libertad condicional debido a un delito mayor;
- tener al
menos 18 años en la fecha de la elección. (Usted puede inscribirse
a los 17 años si para el día o antes de la siguiente elección
tendrá 18).
- La ley electoral
de California niega el derecho a voto a las personas que se ha
determinado son mentalmente incompetentes.
Recordatorio: ¡Si cambia de domicilio deberá reinscribirse!
EL REQUISITO
DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL EN CALIFORNIA DETERMINA LA CALIFICACIÓN
Y DERECHO A VOTAR CONSIDERANDO:
- La afiliación
política, la cual determina la papeleta del partido en elecciones
primarias realizadas en años pares; y
- La dirección
de residencia, la cual determina el estilo de la papeleta para
los votantes que viven en distintas zonas del condado. Pertinente
para la mayoría de las elecciones.
- La Constitución
de los EE.UU. establece el derecho a voto.
Volver al principio
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES POR CAMBIO DE DIRECCIÓN
REINSCRÍBASE
SI CAMBIA DE DIRECCIÓN DE RESIDENCIA. SI CAMBIÓ DE DOMICILIO
Y NO SE REINSCRIBIÓ DENTRO DEL PLAZO:
Los votantes
inscritos que cambiaron de domicilio dentro del Condado de Monterey,
y que no se reinscribieron dentro del plazo establecido para la
elección, pueden comunicarse con el Departamento de Elecciones llamando
al 831-796-1499 para averiguar la ubicación de su nueva mesa de
votación.
Votación
en la nueva mesa el día de la elección (7:00 a.m. a 8:00 p.m.)
El votante que
no se reinscribió antes del plazo establecido de 15 días, puede
hacerlo y emitir un voto provisorio en la nueva mesa el día de la
elección, siempre y cuando muestre a los funcionarios de elecciones
dos comprobantes de su actual residencia. Según los reglamentos
del estado, se consideran ‘comprobantes’ de residencia:
- Una
licencia de conducir o tarjeta de identificación de California
actual y vigente, que incluya el nombre del votante y la
dirección de residencia actual (no use este método
si la dirección antigua todavía aparece en la licencia),
O BIEN
- DOS
documentos cualesquiera de las siguientes categorías, los
cuales deben contener el nombre del votante y la
dirección de residencia actual (CCR 20107):
• Identificación militar
• Tarjeta de pago o credencial de estudiante de educación
superior
• Contrato de alquiler
• Cuenta de hipoteca
• Cuenta de las contribuciones por bienes raíces
• Declaración de impuestos
• Cuenta de servicios públicos
• Cuenta de tarjeta de crédito
• Estado de cuenta bancaria
• Cheque o papeleta de depósito preimpresos con su
nombre
• Registro vehicular
• Correspondencia dirigida a la actual dirección de
residencia del votante*
• Declaración jurada de otro votante en la mesa electoral
de su distrito*.
*sólo se permite
uno de cada tipo de comprobante: no se admiten dos muestras de
correspondencia ni dos declaraciones juradas
Si la residencia
actual del votante no tiene dirección postal, o si éste no puede
recibir correspondencia en su dirección, deberá mostrar DOS comprobantes
de lo siguiente:
• Escritura
de propiedad o contrato de alquiler que contenga la descripción
legal de la residencia actual
•Declaración de impuesto a la propiedad que contenga el número
de lote del tasador
•Declaración jurada de otro votante en la mesa electoral de
su distrito.
Votación
en el Departamento de Elecciones del Condado de Monterey
NUEVA: A partir
de 1998, los votantes que no se reinscribieron antes del plazo establecido,
pueden hacerlo y emitir un voto provisorio indicando su dirección
actual en el Departamento de Elecciones, 1370 B South Main Street,
Salinas CA 93901 o en una mesa de votación anticipada. No se exigirán
documentos que acrediten la dirección actual.
El votante puede
optar por recibir una papeleta correspondiente a su dirección antigua
sólo para esta elección, pero deberá reinscribirse con su nueva
dirección para las elecciones futuras.
Votación
en la mesa antigua el día de la elección (7:00 a.m. a 8:00 p.m.)
El votante puede
volver a la mesa correspondiente a su antigua dirección sólo para
esta elección, votar normalmente y reinscribirse con su nueva dirección
para las elecciones futuras.
Nota: Estos procedimientos especiales de 'cambio de dirección'
no son pertinentes para las personas que se mudaron a otro condado
o estado y no se reinscribieron antes del plazo establecido de 15
días.
Volver al principio
Votantes
en el extranjero
Inscripción
de votantes en el extranjero
Obtenga una
Solicitud de Tarjeta Postal Federal (Federal Postcard Application)
para inscripción y voto por correo, Formulario FPCA, disponible
en bases militares, oficinas consulares y embajadas de los EE.UU.,
y envíela al Departamento de Elecciones antes del 1 de agosto para
una elección de noviembre o a más tardar el 1 de diciembre para
una elección primaria en marzo.
Éstos son plazos
logísticos que permitirán asegurar la entrega oportuna de las papeletas
de voto por correo. La Tarjeta Postal Federal puede enviarse por
correo después de estas fechas, pero es posible que no haya suficiente
tiempo para procesar la solicitud y enviarla a una dirección en
el extranjero.
Cambio
de dirección de votantes en el extranjero
Mensaje especial
para votantes que viven fuera de los EE.UU.: Si usted es un votante
inscrito y vive en el extranjero (votante por correo especial) y
cambió su dirección postal, debe avisar al Departamento de Elecciones
90 días antes de la elección para que pueda recibir su papeleta.
Las papeletas se envían aproximadamente 60 días antes de una elección.
Por ejemplo, para una elección en noviembre, las papeletas de voto
por correo se envían el 1 de septiembre. Esto significa que el Departamento
de Elecciones debe tener actualizadas todas las direcciones postales
a más tardar en agosto. El aviso de cambio de dirección puede enviarse
por correo postal, fax o correo
electrónico siempre que se tenga archivado el formulario de
inscripción del votante.
Volver al principio |